Plan Colectivo de Previsión Exequial FEMPHA - JARDINES DE PAZ
Creado para el bienestar de nuestros asociados y el de su familia, el nuevo Plan Colectivo de Previsión Exequial de FEMPHA en alianza con Jardines de Paz, cubre los gastos ocasionados por el fallecimiento del asociado o de alguno de los integrantes de su núcleo familiar, a nivel nacional, sufragando el servicio funerario y el destino final.
Ingresa AQUÍ para efectuar el registro de las personas que vas a proteger con el Plan Colectivo de Previsión Exequial FEMPHA
1. ¿Qué debo hacer para acceder al plan colectivo de previsión exequial de FEMPHA?
Para acceder al cubrimiento del plan de previsión exequial de FEMPHA se requiere:
2. ¿A quién puedo proteger con el plan colectivo de previsión exequial de FEMPHA?
Puede proteger a los integrantes de su núcleo familiar conformado según estatutos así:
Asociado soltero, viudo, separado o divorciado legalmente: constituirán su núcleo familiar los padres, hermanos hasta 18 años de edad, e hijos que dependan económicamente de éstos.
Asociado casado o con unión libre, constituirá su núcleo familiar los padres, cónyuge, o compañero permanente, e hijos menores de 18 años que dependan económicamente de éstos.
Estatuto Social FEMPHA FONDO DE EMPLEADOS: ARTÍCULO 7º. PRESTACIÓN EXTENSIÓN DE SERVICIOS.
3. ¿Qué costo tiene el plan colectivo de previsión exequial de FEMPHA?
Este plan no tiene ningún costo.
Los recursos del Fondo Funerario se conformaran de la siguiente manera:
Con el saldo que se encuentre a la fecha del presente Acuerdo presente la subcuenta del Fondo Funerario.
* La suma mencionada anteriormente, se incrementará anualmente el día primero de enero, en el mismo porcentaje en que se incremente el IPC.
4. ¿Puedo proteger a otros beneficiarios que no estén incluidos en mi núcleo familiar conformado estatutariamente?
Puede incluir hasta nueve (9) beneficiarios tomando el plan colectivo de previsión exequial EJECUTIVO, bajo las siguientes condiciones:
*Este plan tiene un costo de $14.961 MENSUALES
5. ¿Puedo hacer modificaciones o actualizar mis beneficiarios después de realizar la inscripción de los mismos?
Sólo se considerarán dos situaciones para realizar modificaciones en la ficha de Afiliación:
6. ¿Qué cobertura tiene el plan colectivo de previsión exequial de FEMPHA?
Se ofrece cobertura a nivel nacional en todos los municipios de Colombia, de acuerdo con las alianzas estratégicas que se han establecido con otras funerarias y parques cementerios, velando siempre porque se cumpla con los más altos estándares de calidad en la prestación de cada uno de los servicios.
7. ¿Qué servicios y/o beneficios incluye el plan colectivo de previsión exequial de FEMPHA?
El programa de previsión exequial Exepaz cubre los gastos funerarios dando la oportunidad al doliente de escoger la funeraria que desee de acuerdo con el plan elegido. El único gasto que no está cubierto por el plan son los impuestos distritales y/o municipales que con ocasión del fallecimiento puedan aplicar.
El Plan contempla:
Repatriación
Servicio de repatriación de cuerpos hacia Colombia a nivel mundial a excepción de Brasil y Cuba para el titular y sus beneficiarios, siempre que las leyes del país de origen lo permitan, la repatriación de cenizas se efectuara siempre y cuando la cremación de los restos sea efectuada por Jardines de Paz S.A. o sus aliados. A través de este servicio Jardines de Paz se encarga de los trámites y gastos que debe incurrir la familia, de tal forma que los familiares no deben realizar ninguna erogación por este concepto. Se cubrirá una repatriación por grupo familiar por vigencia.
8. ¿Qué debo hacer para utilizar el servicio?
Al presentarse un fallecimiento, es indispensable que el titular lo reporte en forma inmediata a JARDINES DE PAZ S.A., en caso de fallecimiento del titular, este debe ser reportado por un familiar directo, a los siguientes números telefónicos 6102611, Opción 02, las 24 horas del día en Bogotá o a la línea gratuita 018000-910480, donde se encargaran de coordinar, prestar el servicio y orientarlos en todo lo que se requiera.
9. ¿Qué debo hacer si ya cuento con una póliza exequial a través de Jardines de Paz fuera del convenio con FEMPHA?
Es necesario actualizar los datos de los beneficiarios a través del formulario dispuesto para ello. En el caso que desee ingresar otros beneficiarios diferentes al grupo directo, debe diligenciar la ficha matriz de Jardines de Paz, el formato de autorización de descuento de FEMPHA y radicar una carta de retiro dirigida al proveedor.
10. ¿Qué debo hacer si ya cuento con una póliza exequial a través de otra entidad diferente a Jardines de Paz?
Es potestativo del asociado decidir cancelar este servicio o continuar con las dos pólizas activas. En el caso que se acoja al Plan Colectivo de Previsión Exequial de FEMPHA, debe adjuntar la certificación de antigüedad para ingresar sin periodos de carencia, actualizar los beneficiarios en FEMPHA a través del formulario dispuesto para ello y diligenciar la ficha matriz de Jardines de paz.
11. ¿A partir de qué fecha se puede hacer uso del servicio?
El beneficio se encuentra activo desde el día 1 de mayo de 2020, durante este mes se tiene cubrimiento por muertes accidentales; la cobertura con plenos beneficios se encuentra activa desde el día 1 de mayo de 2020.
12. ¿Por cuanto tiempo se tendrá el beneficio?
Este beneficio tiene una vigencia de dos (2) años a partir del día 1 de abril 2020 hasta el día 31 de marzo del 2022.
13. ¿Qué debo hacer si no me quiero beneficiar de este servicio?
Radicar la solicitud por escrito manifestando la no aceptación del beneficio. Cabe aclarar que el Plan Colectivo de Previsión Exeqiual de FEMPHA es cubierto con el descuento semestral que se realiza de los aportes, que con carácter obligatorio y no reembolsable deben contribuir los asociados al Fondo. Por lo tanto, en caso de desistimiento del Plan y no actualización de beneficiarios, no se tendrá acceso al reconocimiento del seguro de vida ni al auxilio funerario.
14. ¿A dónde me puedo contactar si tengo alguna inquietud?
Jardines de Paz ha asignado los siguientes asesores para resolver cualquier duda o inquietud que presenten los asociados con respecto al Plan Colectivo de Previsión Exequial:
AUXILIO FUNERARIO
En caso de coexistencia de planes y el titular no opte por la prestación del servicio a través de Jardines de Paz, se le otorgará dos (2) salarios mínimos mensuales legales vigentes.
Para obtener éste beneficio es indispensable que se reporte el servicio durante los sesenta (60) días siguientes al fallecimiento.
SEGURO DE VIDA
Para el plan colectivo de previsión exequial de FEMPHA, el seguro de vida corresponde a $ 3'000.000 (tres millones de pesos) por muerte del asociado menor de 60 años bajo condiciones estándar de salud. Por amparo de vida con permanencia ilimitada, Anexos: Invalidez total y permanente. El tiempo para tramitarlo es de sesenta (60) días siguientes al fallecimiento.
SEGURO DE VIDA PLAN EJECUTIVO
Para plan ejecutivo, seguro de vida corresponde a $ 4'500.000 (cuatro millones quinientos mil pesos) por muerte del asociado menor de 60 años bajo condiciones estándar de salud. Por amparo de vida con permanencia ilimitada, Anexos: Invalidez total y permanente. El tiempo para tramitarlo es de sesenta (60) días siguientes al fallecimiento.
Para solicitar una de las anteriores compensaciones, es necesario adjuntar los siguientes documentos para su reclamación:
IMPOSIBILIDAD DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO
En el caso extremo que JARDINES DE PAZ, no pueda prestar el servicio por situaciones ajenas a su voluntad, reconocerá una compensación para servicio funerario y destino final.
IMPOSIBILIDAD DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO PLAN EJECUTIVO
En el caso extremo que JARDINES DE PAZ, no pueda prestar el servicio por situaciones ajenas a su voluntad, reconocerá una compensación para servicio funerario y destino final,
SERVICIOS DE INHUMACIÓN Y DERECHOS DE PARQUE CEMENTERIO
En caso que el titular o beneficiario posea un lote en propiedad en otro parque cementerio, y no utilice el ofrecido por Jardines de Paz, se reconocerá una compensación para servicios de inhumación y derechos de parque cementerio hasta de tres (3) salarios mínimos legales vigentes, los cuales serán pagados directamente por Jardines de Paz, a la entidad correspondiente. Si el lote en propiedad está ubicado en Jardines de Paz. S.A., la compensación será por el total de los servicios de inhumación y derechos de parque cementerio.
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